Micelio
Auto8 de junio de 2016

A- de 2016

Ponente Jorge Iván Palacio Palacio

Demandante Procurador General De La Nacion

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Solicitud De Nulidad Sentencia De La Corte Constitucional
  • Negar por cuanto no existió vulneración del debido proceso y se pretende reabrir debate jurídico
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Solicitud de nulidad de la sentencia C-683/15.

El Procurador General de la Nación fundamenta el incidente en la violación de la cosa juzgada constitucional y en la extralimitación de competencias de la Corte Constitucional, por erigirse como validador supra científico.

La Sala Plena concluye que los argumentos expuestos por el recurrente reflejan el inconformismo con la posición asumida por la Corporación en el referido fallo.

Insiste una vez más, que el desacuerdo con la interpretación dada por la Corte o con los criterios argumentativos que sustentan el fallo, no constituyen razones válidas ni suficientes para declarar su nulidad, toda vez que estas situaciones no infringen el derecho al debido proceso, ni vulneran la Constitución.

Se DENIEGA la nulidad y se hace una respetuosa invitación al Jefe del Ministerio Público, para que haga uso racional de sus competencias constitucionales y no desgaste innecesariamente la administración de justicia.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. Primero. DENEGAR la nulidad de la sentencia C-683 de 2015, solicitada por el Procurador General de la Nacion.
  2. Segundo. Contra esta providencia no procede recurso alguno.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela
Cita a0
No cita providencias registradas.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.